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Ayuda para comprar un coche eléctrico en 2026: Programa Auto+
Qué ayuda hay, quién puede pedirla, qué requisitos debe cumplir el coche y qué hay que tener preparado antes de solicitarla. Todo contrastado con el Real Decreto 609/2026 y las convocatorias publicadas en el BOE.
Revisado el 25 de octubre de 2026
Resumen
- Particulares (Línea 1): hasta 4.500 € en turismos y 5.000 € en furgonetas. Presupuesto de la convocatoria: 350 millones de euros.
- Autónomos y empresas (Línea 2): hasta 6.000 € (turismo) y 7.500 € (furgoneta) para autónomos y microempresas; hasta 4.500 € y 5.000 € para otras empresas. Presupuesto: 50 millones.
- Coche: eléctrico o electrificado con etiqueta CERO, de hasta 45.000 € sin impuestos si es un turismo.
- Se pide por vía electrónica, por ti o por un representante (por ejemplo, el concesionario).
- Compromiso: mantener el coche a tu nombre y matriculado en España al menos dos años.
Comprueba si tu caso encaja
Orientativo: solo contrasta los requisitos principales del decreto. No calcula la cuantía exacta ni sustituye a la convocatoria. Los datos no salen de tu navegador.
Cuánto dan
La ayuda es un importe máximo por vehículo. La cantidad que corresponde depende de tres criterios acumulativos (eléctrico, económico y europeo) que se calculan con los anexos del decreto, y nunca puede superar el coste del vehículo.
| Vehículo | Línea 1: particulares | Línea 2: autónomos y microempresas | Línea 2: otras empresas |
|---|---|---|---|
| Turismo (M1) | 4.500 € | 6.000 € | 4.500 € |
| Furgoneta (N1) | 5.000 € | 7.500 € | 5.000 € |
| Moto (L3e–L5e) | 1.100 € | Consulta el anexo III del decreto | |
| Cuadriciclo (L6e–L7e) | 1.500 € | Consulta el anexo III del decreto | |
Existe además una subcategoría con cuantías más altas (hasta 7.000 € en turismos y 12.000 € en furgonetas) solo para vehículos de emisión cero de determinados profesionales y microempresas. No la desarrollamos aquí.
Requisitos del coche
- Categorías admitidas: turismos (M1), furgonetas (N1) y vehículos de dos o tres ruedas y cuadriciclos (L3e a L7e). Quedan fuera autobuses y camiones.
- Etiqueta ambiental CERO, y ser eléctrico puro o electrificado (híbrido enchufable o de autonomía extendida).
- Precio máximo: 45.000 € sin impuestos y tras descuentos para turismos, y 10.000 € para motos de las categorías L3e a L5e.
- En coches nuevos (turismos y furgonetas): descuento mínimo de 1.000 € sobre el precio.
- Retroactividad en 2026: se aceptan vehículos nuevos matriculados desde el 1 de enero de 2026 y otros con primera matriculación desde el 1 de enero de 2025, si cumplen los requisitos. Para seminuevos, revisa los límites de antigüedad en el decreto.
Requisitos de quien la pide
- Línea 1: persona física mayor de edad, sin actividad económica y con residencia legal en España. Solo un vehículo por persona.
- Línea 2: empresas y personas físicas con actividad económica dadas de alta en el censo de la Agencia Tributaria. Hasta 10 vehículos para empresas y 3 para personas físicas.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de reintegro con la Administración General del Estado.
Cómo se pide, paso a paso
- Elige el coche comprobando que cumple los requisitos de arriba, antes de pagar nada.
- Pregunta al concesionario si presenta él la solicitud como tu representante o si tienes que hacerla tú. El decreto admite las dos opciones.
- Reúne la documentación: ficha técnica (tarjeta ITV) definitiva, permiso de circulación definitivo, certificación bancaria, factura y justificantes del pago bancario. Los pagos de 1.000 € o más no pueden hacerse en efectivo.
- Presenta la solicitud por vía electrónica en el sistema telemático del Ministerio de Industria y Turismo, con firma electrónica avanzada.
- Atiende los requerimientos: si falta algo, tienes 10 días para subsanarlo.
- Espera la resolución. Si no llega en plazo, la solicitud se entiende desestimada por silencio.
Línea 2 exige además certificado censal y documentos de minimis, y en algunos casos acreditar el pago a proveedores.
Cosas que pueden dejarte sin la ayuda
- Elegir un coche que supere el precio máximo o no tenga etiqueta CERO.
- Pagar al contado en efectivo importes de 1.000 € o más.
- Pedirla fuera de plazo o cuando el presupuesto ya se haya agotado (pasa a lista de espera).
- No estar al corriente con Hacienda o la Seguridad Social cuando se concede.
- Vender el coche o darlo de baja antes de dos años: tendrías que devolver la ayuda.
- Pedirla dos veces por el mismo vehículo: solo se concede una vez por vehículo.
Esta lista sale de los requisitos del decreto; no es una estadística de denegaciones.
¿Se puede sumar a otras ayudas?
El decreto permite combinarla con otras ayudas para los mismos costes hasta un máximo del 80 % del coste subvencionable, salvo con instrumentos de la Unión Europea. Las ayudas de tu comunidad autónoma o de tu ayuntamiento tienen sus propias bases: consúltalas en cada sede oficial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero da el Programa Auto+ por un coche eléctrico?
Para particulares (Línea 1), el máximo es de 4.500 € en un turismo (M1) y 5.000 € en una furgoneta (N1). Para autónomos y microempresas (Línea 2) el máximo es de 6.000 € en un turismo y 7.500 € en una furgoneta. Es un importe máximo: la cuantía final depende de criterios eléctrico, económico y europeo que fijan los anexos del Real Decreto 609/2026.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
La convocatoria de 2026 de la Línea 1 (particulares) se abrió el 4 de agosto de 2026 y cierra el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular). La de la Línea 2 (autónomos y empresas) va del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026 a las 14:00. Se atiende por orden de presentación hasta agotar el crédito, así que puede cerrarse antes.
¿Los híbridos enchufables también tienen ayuda?
Sí pueden tenerla: el decreto admite eléctricos puros (BEV, pila de combustible) y electrificados (híbridos enchufables y de autonomía extendida), siempre que tengan etiqueta ambiental CERO de la DGT y cumplan el resto de requisitos.
¿Hay un precio máximo del coche?
Para turismos (M1) el precio máximo es de 45.000 € sin impuestos y tras descuentos comerciales. En los coches nuevos se exige además un descuento de al menos 1.000 €.
¿Puede tramitarlo el concesionario?
El decreto permite que la solicitud la presente el propio interesado o un representante, como un concesionario, punto de venta o empresa de renting o leasing. La presentación es siempre electrónica.
¿Puedo vender el coche después?
Durante al menos dos años desde la concesión tienes que mantener la titularidad y la matriculación en España. Si lo transmites o das de baja en ese plazo, hay que devolver la ayuda, salvo excepciones como robo, siniestro, defectos graves o fallecimiento.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 609/2026, de 22 de julio (BOE-A-2026-16010)
- Extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 1 (BOE-B-2026-26062)
- Extracto de la convocatoria 2026 de la Línea 2 (BOE-B-2026-30841)
- Nota del Ministerio de Industria y Turismo: plazos y requisitos
Esta página es informativa y no sustituye al texto oficial. Revisada el 25 de octubre de 2026. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a contacto@papelesfaciles.com.